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Article 4.3.1.14

- Division De Promocion Del Mercado

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

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01

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ARTICULO 4.3.1.14.- DIVISION DE PROMOCION DEL MERCADO. Corresponde a la División de Promoción del Mercado las siguientes funciones

a)

Asesorar a las entidades públicas en relación con los programas de privatización que deseen desarrollar;

b)

Estudiar, proponer e impulsar el desarrollo de nuevos valores y de nuevos instrumentos que hagan más eficiente el funcionamiento del mercado;

c)

Estudiar y proponer la adopción de políticas y reglas que permitan un funcionamiento armónico del mercado de valores colombiano con los mercados de valores de otros países, así como la integración de los mismos;

d)

Las demás que le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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