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Article 1

º Para Los Productos Sujetos A Registro Sanitario De Que Trata El Decreto 2092 De 1986 Y 1524 De 1990, Se Podrá Conceder Registro Sanitario Provisional, Siempre Y Cuando Se Cumplan Con Los Requisitos Previstos En El Presente Decreto

Decreto 1744 de 1992 · por el cual se dictan medidas de emergencia sobre Registros Sanitarios de Medicamentos, Cosméticos y similares y sobre las Licencias de Funcionamiento de los Laboratorios Farmacéuticos.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º Para los productos sujetos a Registro Sanitario de que trata el Decreto 2092 de 1986 y 1524 de 1990, se podrá conceder Registro Sanitario Provisional, siempre y cuando se cumplan con los requisitos previstos en el presente Decreto.

Parágrafo

Los productos a que hace alusión el presente artículo son: Medicamentos que estén aceptados en el Manual de Normas Farmacológicas del Ministerio de Salud; Cosméticos, Productos varios, Plaguicidas de uso doméstico y Preparaciones farmacéuticas a base de productos naturales, aceptados por la Resolución número 10593 de agosto 3 de 1990 o por las que la adicionen, modifiquen o sustituyan y Productos odontológicos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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