° Las funciones de las Recaudaciones de Impuestos Nacionales de que trata el artículo 108 del Decreto 074 de 1976, serán ejercidas por el Recaudador o por sus delegados, cuando la delegación sea procedente de acuerdo con la ley.
Article 8
Las Funciones De Las Recaudaciones De Impuestos Nacionales De Que Trata El Artículo 108 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por El Recaudador O Por Sus Delegados, Cuando La Delegación Sea Procedente De Acuerdo Con La Ley
Decreto 1780 de 1976 · Por el cual se establece la Planta de Personal de la Administración de Impuesto Nacionales de Cúcuta de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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