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Article 2

Por Conducto Del Ministerio De Relaciones Exteriores Comuníquese Esta Providencia A La Embajada De Los Estados Unidos De Norte América En Colombia, Y Por El Ministerio De Justicia A Las Autoridades Colombianas Competentes, En Especial A La Dirección General De La Policía Nacional, Para Que Procedan A Efectuar La Entrega A Las Autoridades De Los Estados Unidos De Norte América, Que Lo Han Reclamado Por Intermedio De Su Embajada En Colombia, Al Tenor De Lo Previsto En El Decreto Legislativo 1860 De 1989 Y En El Código De Procedimiento Penal

Decreto 231 de 1990 · por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución número 165 de 1990.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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° Por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores comuníquese esta providencia a la Embajada de los Estados Unidos de Norte América en Colombia, y por el Ministerio de Justicia a las autoridades colombianas competentes, en especial a la Dirección General de la Policía Nacional, para que procedan a efectuar la entrega a las autoridades de los Estados Unidos de Norte América, que lo han reclamado por intermedio de su Embajada en Colombia, al tenor de lo previsto en el Decreto legislativo 1860 de 1989 y en el Código de Procedimiento Penal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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