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Article 1.7.2.1

Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Control de legalidad en la inscripción de las veedurías ciudadanas y de las redes de veedurías ciudadanas, que se constituyan a través de organizaciones comunitarias, profesionales, juveniles, sindicales, benéficas o de utilidad común, no gubernamentales, sin ánimo de lucro. Las cámaras de comercio solo podrán abstenerse de inscribir el documento de constitución de una veeduría o de una red de veedurías, cuando tales documentos no expresen en su totalidad los requisitos formales previstos en el artículo 3 de la Ley 850 de 2003 y las normas que la complementen o modifiquen, excepto cuando se constituyan bajo la naturaleza jurídica de una entidad sin ánimo de lucro, evento en el cual se debe dar cumplimiento a las disposiciones legales sobre la materia. Las veedurías y redes de veedurías deberán renovar anualmente su registro en las cámaras de comercio y pagar los respectivos derechos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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