ARTICULO 34. Los nombres de las personas que aprueben el concurso se enviarán a las corporaciones o funcionarios a quienes corresponda la provisión de los cargos, en el orden de calificación y con los respectivos documentos, para que en fecha posterior a la selección se publiquen en la forma prevista en el artículo 29.
Article 34
Los Nombres De Las Personas Que Aprueben El Concurso Se Enviarán A Las Corporaciones O Funcionarios A Quienes Corresponda La Provisión De Los Cargos, En El Orden De Calificación Y Con Los Respectivos Documentos, Para Que En Fecha Posterior A La Selección Se Publiquen En La Forma Prevista En El Artículo 29
Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.