º. Toda expedición o misión científica que se proponga visitar el país deberá solicitar previamente, por medio del Ministerio de Educación Nacional, la licencia respectiva, que se dará en vista de los documentos que presenten los interesados sobre su respaldo científico y financiero y sobre el plan de trabajos que se propone adelantar en Colombia, así como sobre los elementos científicos, armas, etc., que se propongan traer.
Article 2
Toda Expedición O Misión Científica Que Se Proponga Visitar El País Deberá Solicitar Previamente, Por Medio Del Ministerio De Educación Nacional, La Licencia Respectiva, Que Se Dará En Vista De Los Documentos Que Presenten Los Interesados Sobre Su Respaldo Científico Y Financiero Y Sobre El Plan De Trabajos Que Se Propone Adelantar En Colombia, Así Como Sobre Los Elementos Científicos, Armas, Etc
Decreto 1060 de 1936 · Por el cual se reglamenta la entrada al país de expediciones científicas, sus actividades en Colombia, y se designa una Comisión
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