JurídicoESEN

Article 3

Decreto 1333 de 1972 · Por el cual se determina la planta de personal de la Dirección General de Navegación y Puertos del Ministerio de Obras Públicas, se adiciona el Decreto 2284 del 27 de noviembre de 1971, y se suprimen los cargos de la planta de personal de la División de Obras Hidráulicas de la Dirección General de Conservación establecida en el mismo Decreto

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo tercero. El Gobierno o el Ministro de Obras Públicas procederá conforme a las disposiciones legales vigentes, a designar al personal que deba ocupar los empleos que se establecen por el presente Decreto. Los empleados que estando al servicio del Ministerio de Obras Publicas fueren incorporados en dichos cargos, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta respectiva y el pago del impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración, si a ello hubiere lugar.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1333 de 1972