º. A partir del 1º de enero de 1989, el auxilio de almuerzo que la Empresa Nacional de Telecomunicaciones -Telecom- reconoce a los trabajadores que laboran en jornada continua, se establece en un porcentaje equivalente al 17.58% de la Categoría A del Grupo 1, de la Escala Administrativa-Operativa. Dicho reconocimiento se extenderá a los funcionarios que laboran en las sedes de las gerencias regionales de Cali y Medellín a partir del 1º de enero de 1989 y a partir del 1º de enero de 1990 a quienes laboran en las sedes de las gerencias regionales de Barranquilla, Bucaramanga, Cúcuta, Ibagué y Manizales, siempre y cuando no hagan uso de la cafetería subsidiada por la Empresa. Este auxilio se reconocerá, además, al personal que labora por turnos de siete o más horas, siempre que su jornada termine entre las doce y las quince horas. La Empresa continuara pagando el subsidio familiar como lo viene haciendo.
Article 1
A Partir Del 1º De Enero De 1989, El Auxilio De Almuerzo Que La Empresa Nacional De Telecomunicaciones -Telecom- Reconoce A Los Trabajadores Que Laboran En Jornada Continua, Se Establece En Un Porcentaje Equivalente Al 17
Decreto 53 de 1989 · por el cual se dictan normas en materia salarial para la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se dictan otras disposiciones.
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