Provisión del empleo vacante temporal por comisión. En los casos de comisión de estudios podrá proveerse el empleo vacante transitoriamente, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal en el rubro de servicios personales asociados a la nómina, y el designado podrá percibir la remuneración correspondiente al cargo, sin perjuicio del pago de la asignación que pueda corresponderle al servidor que se encuentra en comisión de estudio. CAPÍTULO IV Comisión Especial
Decreto 21 de 2014 →In force
Article 23
Provisión Del Empleo Vacante Temporal Por Comisión
Decreto 21 de 2014 · por el cual se expide el régimen de las situaciones administrativas en las que se pueden encontrar los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación y de sus entidades adscritas.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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