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Article 53

Ley 24 de 1988 · Por la cual se reestructura el Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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Son funciones de la División Especial de Administración Interna Central:

a)

Suprimido.

b)

Suprimido.

c)

Suprimido.

d)

Atender todos los aspectos relacionados con la administración de personal de la Planta del Ministerio, tales como provisión de cargos, vigilancia y control de personal, registro , control y archivo de hojas de vida, capacitación, evaluación y bienestar social del personal, en coordinación con las distintas unidades administrativas del Ministerio y en concordancia con las políticas del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

e)

Elaborar en coordinación con la Oficina Jurídica, el estatuto de personal y los manuales de funciones y procedimientos del Ministerio.

f)

Responder por el diseño de sistemas de organización y métodos que permitan al Ministerio adaptarse a los cambios socio-culturales, ecológicos y tecnológicos, mundiales y nacionales y entrenar a las unidades administrativas internas centrales en metodología de planeación y administración estratégica.

g)

Adelantar la realización de diagnósticos de los procesos administrativos internos centrales.

h)

Dirigir y coordinar los servicios administrativos y servicios generales tales como el cuidado y mantenimiento de los bienes, correspondencia, archivo, transporte, imprenta, vigilancia, aseo, compras y suministros, almacén e inventarios, trámites de pasajes y viáticos y demás servicios que demande el normal funcionamiento del Ministerio.

Parágrafo

Si las necesidades futuras lo exigen, la División de Administración Interna Central podrá ser dividida en grupos de trabajo para atender los asuntos financieros, de personal y de servicios generales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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