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Article 5

Reserva Para Pago De Beneficios Educativos

Decreto 70 de 2010 · por el cual se reglamenta el régimen de reservas técnicas y el monto de patrimonio requerido para la operación del ramo de seguro educativo y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. Reserva para pago de beneficios educativos. Esta reserva se debe constituir para cada póliza y en la fecha del aviso a la entidad aseguradora sobre la utilización del beneficio educativo. El monto de la reserva a constituir, corresponde al valor presente de todos los pagos futuros por concepto de matrículas del programa de educación escogido y se debe ajustar periódicamente con base en el valor de la última matrícula pagada por la aseguradora. Si la póliza de seguro educativo contempla devoluciones durante este período, también se podrá liberar esta reserva para tal efecto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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