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Article 1

Modifíquese Y Adiciónese El Artículo 2° Del Decreto 1995 Del 7 De Diciembre De 2016, En Los Siguientes Términos: Artículo 2°

Decreto 1417 de 2018 · Por el cual se actualiza la organización y funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final, suscrito entre el Gobierno nacional y las FARC-EP el 24 de noviembre de 2016.

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°. Modifíquese y adiciónese el artículo 2° del Decreto 1995 del 7 de diciembre de 2016, en los siguientes términos: Artículo 2°. Composición y acompañamiento . De conformidad con el punto 6.1 del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera suscrito entre el Gobierno nacional y las FARC-EP, el 22 de noviembre de 2016, la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), estará integrada por tres representantes del Gobierno nacional y tres representantes de los exintegrantes de FARC-EP, en proceso de reincorporación. Los representantes del Gobierno nacional serán de alto nivel y serán designados por el Presidente de la República. Los representantes de los exintegrantes de las FARC-EP, en proceso de reincorporación serán designados por la Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común –Farc.

Parágrafo 1

Acompañamiento. La CSIVI contará con el acompañamiento permanente de un delegado/a de cada uno de los países garantes, Cuba y Noruega, durante la implementación del Acuerdo Final suscrito el 24 de noviembre de 2016.

Parágrafo 2

Apoyo técnico. Los integrantes de la CSIVI, en su calidad de representantes de los exintegrantes de las FARC-EP en proceso de reincorporación, podrán con sujeción a la ley y demás normas pertinentes acudir a la cooperación internacional para generar las condiciones y medios necesarios para el ejercicio de sus funciones.

Parágrafo 3

Componente internacional de verificación de la CSIVI. El mecanismo de verificación de los acuerdos tendrá un componente internacional, el cual funcionará de acuerdo a los criterios establecidos en el subpunto 6.3.1 del Acuerdo Final de Paz. De conformidad con el subpunto 6.3.2 del Acuerdo Final de Paz, el mecanismo de verificación estará compuesto por una instancia de Notables, una Secretaría Técnica y un Apoyo técnico, tales instancias tendrán las funciones definidas en dicho subpunto.

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Constitutional history

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