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Article 11

Frecuencia De Las Sesiones

Decreto 2890 de 2013 · por el cual se crea y reglamenta la Comisión Intersectorial de Alertas Tempranas (CIAT) y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Frecuencia de las sesiones. La CIAT sesionará de manera ordinaria a más tardar dentro de la semana siguiente al recibo de Informes de Riesgo y/o Notas de Seguimiento elaborados por la Defensoría del Pueblo. Las sesiones de seguimiento a la implementación de las recomendaciones emitidas por el Ministro del Interior para la prevención de violaciones a los derechos a la vida, a la integridad, libertad y seguridad personal e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, se realizarán en terreno a más tardar dentro de los seis (6) meses siguientes a su emisión, con la participación de la Gobernación y los municipios concernidos, así como las demás entidades competentes a nivel nacional y territorial, en la implementación de las mismas.

Parágrafo

La CIAT deberá construir, a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente decreto, un protocolo para el seguimiento a la implementación de las recomendaciones emitidas por el Ministro del Interior, incorporando, de manera vinculante, la participación de todas las entidades competentes en la implementación de las mismas y tiempos de respuesta.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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