° Los contratos sobre financiación y ejecución de obras que celebren los Departamentos y los Municipios con el Instituto Nacional de Fomento Municipal, no requieren la aprobación del Ejecutivo Nacional, ni la de las Gobernaciones cuando los Departamentos no hagan aporte alguno para la obra de que trate el respectivo contrato.
Article 1
Los Contratos Sobre Financiación Y Ejecución De Obras Que Celebren Los Departamentos Y Los Municipios Con El Instituto Nacional De Fomento Municipal, No Requieren La Aprobación Del Ejecutivo Nacional, Ni La De Las Gobernaciones Cuando Los Departamentos No Hagan Aporte Alguno Para La Obra De Que Trate El Respectivo Contrato
Decreto 148 de 1953 · Por el cual se modifican los Decretos números 3590 de 1949, 3598 de 1950 y 1235 de 1951
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