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Article 1

Ley 38 de 1928 · Por la cual se declara de urgente necesidad pública la canalización de los ríos Sinú y Atrato, y se nacionaliza la carretera Montería- Cispatá

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Con el objeto de asegurar la permanente navegación de los ríos Sinú y Atrato, el Gobierno procederá a llevar a cabo el estudio técnico de los trabajos que deban realizarse, y terminados esos estudios dispondrá la inmediata ejecución de las obras necesarias, pudiendo proceder para el efecto por medio de contratos que no requerirán otra formalidad que la aprobación del Consejo de Ministros, previo concepto favorable de la Sociedad de Navegantes de Cartagena.

Parágrafo

Autorízase al Gobierno para adquirir para la Nación los planos, mapas y estudios hechos hasta la fecha sobre la canalización del río Atrato y el canal de Napipi, siempre que el Gobierno considere que tales planos, estudios y mapas sean de importancia para las obras que ha de realizar la Nación en aquella región. El Gobierno queda asímismo autorizado para abrir los créditos necesarios para los efectos de que trata este parágrafo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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