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Article 1.2.1.17.7

Requisitos Para Aceptar El Avalúo Como Costo

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

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01

Text of the article

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Requisitos para aceptar el avalúo como costo. Para que los autoavalúos o avalúos mencionados en el artículo precedente puedan ser utilizados como costo fiscal en la enajenación de inmuebles, se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que el inmueble enajenado constituya activo fijo para el contribuyente, de acuerdo con el artículo 60 del Estatuto Tributario.

Parágrafo

La opción a que se refiere este artículo es sin perjuicio de la facultad que tienen los contribuyentes para determinar el costo fiscal a los activos fijos con base en lo dispuesto en los artículos 69, 70 y 73 del Estatuto Tributario. (Artículo 7°, Decreto 326 de 1995. Numeral 2 declarado NULO por el Consejo de Estado, Sección Cuarta, marzo 18 de 2004. Exp. 13551. Numeral 3 Suspendido provisionalmente mediante auto del 16-02-15, Consejo de Estado, Sección Cuarta. Numeral 4 y

Parágrafo 1

retirados como consecuencia de lo anterior. El numeral 5 tiene decaimiento por la evolución legislativa (Artículo 78 de la Ley 1111 de 2006).

Parágrafo transitorio

perdió vigencia.)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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