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Article 30

Decreto 1643 de 1991 · por el cual se organiza la Dirección de Impuestos Nacionales como Unidad Administrativa Especial, se establecen su estructura y funciones sus regímenes presupuestal y de contratación administrativa y se dictan otras disposiciones

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01

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Oficina de Control Interno . De acuerdo con las políticas e instrucciones señaladas por el Subdirector General, son funciones de la Oficina de Control Interno, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

a)

Establecer y aplicar los sistemas de control interno al cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas.

b)

Controlar y supervisar el desarrollo de las diferentes dependencias de la Dirección de Impuestos Nacionales.

c)

Informar al Subdirector General acerca del funcionamiento de las unidades de la Dirección de Impuestos Nacionales y proponer la adopción de medios para la prevención de irregularidades.

d)

Controlar y coordinar el desarrollo e implantación de los planes de sistemas para los programas y archivos magnéticos de la Dirección de Impuestos Nacionales, velando por su confiabilidad y seguridad.

e)

Efectuar auditoria permanente a los sistemas computarizados de la Dirección de Impuestos Nacionales.

f)

Vigilar la conducta de los funcionarios y adoptar los correctivos necesarios para la prevención de conductas irregulares.

g)

Atender las demandas instauradas en relación con actos administrativos dictados sobre asuntos de personal de la Dirección de Impuestos Nacionales, en los términos de la delegación que haga el Director.

h)

Proyectar los actos administrativos relacionados con la aplicación de las sanciones disciplinarias de suspensión y destitución de funcionarios de la Dirección de Impuestos Nacionales y los actos que resuelvan el recurso de reposición interpuesto contra la misma.

i)

Proponer y coordinar la representación de los funcionarios de la Dirección de Impuestos Nacionales involucrados en instancias penales, o administrativas ante la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República, por actuaciones adelantadas en ejercicio de sus funciones, en los casos que proceda a criterio del Director.

j)

Realizar la supervisión de las oficinas de Control Interno de las Administraciones Regionales.

k)

Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los ciudadanos sobre casos de ineficiencia e inmoralidad, de los funcionarios de la Dirección de Impuestos Nacionales, conforme a los procedimientos legales.

l)

Ejercer el control en el área administrativa según principios modernos de auditoría, en materia presupuestal, financiera y contable, de ejecución del gasto contractual y disposición de bienes de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales. ll) Las demás que le asigne el Subdirector General.

02

Constitutional history

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