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Article 20

A Partir Del 1° De Enero De 2013, El Subsidio De Alimentación Para Los Servidores Públicos Que Perciban Una Asignación Básica Mensual No Superior A Un Millón Doscientos Sesenta Y Nueve Mil Ciento Cuarenta Pesos ($1

Decreto 1016 de 2013 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

A partir del 1° de enero de 2013, el subsidio de alimentación para los servidores públicos que perciban una asignación básica mensual no superior a un millón doscientos sesenta y nueve mil ciento cuarenta pesos ($1.269.140) m/cte., será de cuarenta y seis mil seiscientos treinta pesos ($46.630) m/cte., pagaderos mensualmente por la entidad correspondiente. No habrá derecho a este subsidio durante el tiempo que el empleado disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio del cargo o cuando la entidad suministre la alimentación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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