° Todo pago que se haga con carácter provisional, como las buenas cuentas al Ejército, a la Policía y a las obras públicas o cualesquiera otras, se cargará a una cuenta denominada recibos provisionales, para cancelarla en el mes siguiente con las órdenes de pago respectivas. Ningún pagador podrá hacer pagos de carácter provisional mientras el empleado a que deba hacerlos no haya legalizado y cancelado los que se le hicieron en el mes anterior.
Decreto 1534 de 1922 →In force
Article 8
Todo Pago Que Se Haga Con Carácter Provisional, Como Las Buenas Cuentas Al Ejército, A La Policía Y A Las Obras Públicas O Cualesquiera Otras, Se Cargará A Una Cuenta Denominada Recibos Provisionales, Para Cancelarla En El Mes Siguiente Con Las Órdenes De Pago Respectivas
Decreto 1534 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relativas a la cuenta de caja y se reglamenta el artículo 2o de la Ley 57 de 1922
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.