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Article 1.6.1.5.2

Coordinación Con Los Recursos Y Acciones Administrativas

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los Contribuyentes que no estén de acuerdo con un ajuste propuesto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), tienen la opción de ejercer su derecho de revisión administrativa ante las autoridades pertinentes antes de solicitar la asistencia de la ACC o pueden solicitar la asistencia de la ACC inmediatamente para consideración bilateral. En caso de que el Contribuyente haya solicitado un recurso administrativo como el de Reconsideración o haya interpuesto una Revocatoria Directa respecto a los asuntos puestos a consideración a través del MAP, una vez que se acepte la Solicitud de asistencia, el Contribuyente deberá desistir de estos recursos o acciones dentro de un plazo máximo de quince (15) días calendario con respecto a los asuntos puestos a consideración a través del MAP.

(Artículo 31, Resolución 85 de 2020)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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