Requisitos para permanecer en Comisión de Estudios. El Oficial o Suboficial destinado en comisión de Estudios en Universidades, Escuelas o Institutos Superiores distintos a los de las Fuerzas Militares, dentro del país o en el exterior, tiene la obligación de presentar al respectivo Comando de Fuerza, al término de cada período lectivo reglamentario, un certificado de estudios en que consten las calificaciones obtenidas en las distintas materias del pensum correspondiente y el concepto que sobre su desempeño general tengan las Directivas del respectivo Centro Docente. En base a dicho certificado el Comando de Fuerza interesado recomendará la prolongación o el término de la comisión.
Decreto 664 de 1985 →In force
Article 51
Decreto 664 de 1985 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 89 de 1984, reorgánico de la Carrera de oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.