Los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación y las entidades territoriales y las entidades descentralizadas de aquella y de estas, así como los ejecutores, a los que se les hubiere girado recursos del Fondo Nacional de Regalías y que actualmente no estén amparando compromisos u obligaciones, y correspondan a apropiaciones presupuestales de vigencias fiscales anteriores a 2010, deben reintegrar, dentro del primer trimestre de 2011 a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el total de recursos que por concepto de saldos no ejecutados y rendimientos financieros posean en las cuentas abiertas para cada proyecto. Así mismo, dichas entidades remitirán a la Dirección de Regalías del Departamento Nacional de Planeación dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del término establecido para realizar el reintegro, copia de los documentos que soporten el reintegro de los recursos, identificando el nombre del proyecto, el monto por concepto de saldos no ejecutados y los rendimientos financieros obtenidos.
Article 60
Los Órganos Que Conforman El Presupuesto General De La Nación Y Las Entidades Territoriales Y Las Entidades Descentralizadas De Aquella Y De Estas, Así Como Los Ejecutores, A Los Que Se Les Hubiere Girado Recursos Del Fondo Nacional De Regalías Y Que Actualmente No Estén Amparando Compromisos U Obligaciones, Y Correspondan A Apropiaciones Presupuestales De Vigencias Fiscales Anteriores A 2010, Deben Reintegrar, Dentro Del Primer Trimestre De 2011 A La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, El Total De Recursos Que Por Concepto De Saldos No Ejecutados Y Rendimientos Financieros Posean En Las Cuentas Abiertas Para Cada Proyecto
Decreto 4803 de 2010 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
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