° Cada Ministerio enviará al del Tesoro el día viernes de cada semana una relación detallada y por triplicado de todos los gastos que hayan de reconocerse y remesarse en la semana siguiente, por cuenta de los respectivos Departamentos Administrativos; estas relaciones deben remitirse debidamente imputadas á sus respectivos artículos del Presupuesto y con indicación en ellas de las Oficinas de Hacienda en donde deban situarse las remesas.
Article 1
Cada Ministerio Enviará Al Del Tesoro El Día Viernes De Cada Semana Una Relación Detallada Y Por Triplicado De Todos Los Gastos Que Hayan De Reconocerse Y Remesarse En La Semana Siguiente, Por Cuenta De Los Respectivos Departamentos Administrativos; Estas Relaciones Deben Remitirse Debidamente Imputadas Á Sus Respectivos Artículos Del Presupuesto Y Con Indicación En Ellas De Las Oficinas De Hacienda En Donde Deban Situarse Las Remesas
Decreto 264 de 1910 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre reconocimiento y ordenación de gastos nacionales
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.