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Article 4

El Fondo Para La Reconstrucción Y Desarrollo Social Del Eje Cafetero Podrá Ejecutar Los Recursos Que Se Le Apropian A Través De Convenios Con Otras Entidades Públicas

Decreto 348 de 1999 · por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1999, contenida en el Decreto 198 del 30 de enero de 1999

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01

Text of the article

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º. El Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero podrá ejecutar los recursos que se le apropian a través de convenios con otras entidades públicas. El Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero deberá realizar la transferencia de los recursos suficientes al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, Fogafín para el desarrollo de los programas a su cargo, para la zona afectada.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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