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Article 8

Decreto 2013 de 1997 · por el cual se crea el Comité Interinstitucional de Adaptación Laboral del Sector Público.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° . Comités de Adaptación Laboral. El Servicio de Adaptación Laboral funcionará a través de los Comités de Adaptación Laboral que se creen en cada entidad involucrada. Tales Comités estarán integrados por servidores y directivos y presididos por el Jefe de la Gestión Humana en la entidad, con dedicación exclusiva al Comité en todo el período de duración de los mismos. Su número no podrá ser inferior a cuatro ni superior a ocho y se encargarán básicamente de administrar el programa de Adaptación Laboral que se diseñe en cada entidad.

Parágrafo 1

Los Comités de Adaptación Laboral serán creados mediante resolución expedida por el Jefe de la respectiva entidad.

Parágrafo 2

Los gastos que se generen para el desarrollo de los programas de adaptación laboral estarán a cargo de cada una de las entidades, las cuales los ejecutarán de acuerdo con sus disponibilidades presupuestales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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