Articulo 1° Hácese en el Presupuesto Nacional de rentas y Ley de Apropiaciones para el año fiscal de l° de enero a 31 de diciembre de 1929, el siguiente traslado: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 37 Alojamiento, sanidad e higiene del personal y del ganado. Artículo 477. Para construcción de cuarteles y compra de lotes para los mismos. Del
Para el cuartel de Ferrocarrileros de Facatativa 15,000 Al
Para el cuartel de Infantería de Bucaramanga 15,000