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Article 2.2.3.2.25.3

Facultades En Visita Ocular O De Inspección O De Control Y En Peligro Inminente De Inundación O Avenida

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Facultades en visita ocular o de inspección o de control y en peligro inminente de inundación o avenida. El funcionario de la Autoridad Ambiental competente que deba practicar las visitas de que trata este Decreto, podrá en ejercicio de las facultades policivas, mediante orden escrita y firmada por el funcionario de la Autoridad Ambiental que conforme a la ley puede ordenar la práctica de la visita ocular o la inspección o control, penetrar a los predios cercados o a los establecimientos o instalaciones procurando contar con la autorización del dueño, tenedor del predio o del administrador o representante de la industria o establecimiento.

En caso de peligro inminente de inundación o avenida cuya ocurrencia o daños puedan conjurarse con la realización inmediata de obra o trabajos, los funcionarios de la región podrán asumir su realización. Los dueños de predios deberán permitir y facilitar el paso y construcción y contribuir con ellos; si no se encuentra el dueño, administrador o tenedor del predio, de ser necesario, se podrá penetrar a este para el solo fin de conjurar el peligro o contrarrestarlo.

(Decreto 1541 de 1978, artículo 255).

02

Constitutional history

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