Artículo primero. Aprobar la siguiente Resolución adoptada por la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero en dos debates sucesivos, en sesiones celebradas en semanas diferentes, y en esta última aprobada con el voto acorde de siete (7) miembros de la Junta Directiva, conforme al artículo 79, de los estatutos, según consta en las Actas números 1874 y 1875 de septiembre 11 y 18 de 1979, respectivamente: "RESOLUCION NUMERO 27/79 por la cual se decreta un aumento del capital autorizado. La Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, en ejercicio de las facultades que le confieren la ley y los estatutos, resuelve: Artículo primero. El artículo 6° de los estatutos de la institución, según la última reforma aprobada por Decreto 1324 de julio 6/73, quedará así: "El capital autorizado de la Caja de Crédito Agrario es la cantidad de diez mil millones de pesos ($ 10.000.000.000.00), dividido en mil millones de acciones de valor nominal de diez pesos ($ 10.00) cada una".
Decreto 2818 de 1979 →In force
Article 79
, De Los Estatutos, Según Consta En Las Actas Números 1874 Y 1875 De Septiembre 11 Y 18 De 1979, Respectivamente: "resolucion Numero 27/79 Por La Cual Se Decreta Un Aumento Del Capital Autorizado
Decreto 2818 de 1979 · Por el cual se aprueba una reforma de los estatutos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.