Con el objeto de combatir el consumo clandestino de bebidas alcohólicas nocivas para la salud (v. gr. chicha y guarapo) y de estimular la sustitución de estos consumos por bebidas higiénicas de bajo precio, el Gobierno Nacional podrá celebrar contratos con las fábricas productoras de cervezas. En los citados contratos que a nombre del Gobierno deberán suscribir los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Salud Pública y que sólo requerirán para su validez la aprobación del Presidente de la República, previo dictamen favorable del Consejo de Ministros, podrá pactarse reducciones al impuesto sobre el consumo de este tipo especial de cervezas.
Decreto 190 de 1969 →In force
Article 22
Con El Objeto De Combatir El Consumo Clandestino De Bebidas Alcohólicas Nocivas Para La Salud (V
Decreto 190 de 1969 · Por el cual se dictan normas relacionadas con la liquidación, administración, recaudo y control del impuesto sobre consumo de cervezas de producción nacional
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01
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02
Constitutional history
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