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Article 22

Con El Objeto De Combatir El Consumo Clandestino De Bebidas Alcohólicas Nocivas Para La Salud (V

Decreto 190 de 1969 · Por el cual se dictan normas relacionadas con la liquidación, administración, recaudo y control del impuesto sobre consumo de cervezas de producción nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Con el objeto de combatir el consumo clandestino de bebidas alcohólicas nocivas para la salud (v. gr. chicha y guarapo) y de estimular la sustitución de estos consumos por bebidas higiénicas de bajo precio, el Gobierno Nacional podrá celebrar contratos con las fábricas productoras de cervezas. En los citados contratos que a nombre del Gobierno deberán suscribir los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Salud Pública y que sólo requerirán para su validez la aprobación del Presidente de la República, previo dictamen favorable del Consejo de Ministros, podrá pactarse reducciones al impuesto sobre el consumo de este tipo especial de cervezas.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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