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Article 2.9.1.1.6

Deducciones Del Patrimonio Básico

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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Deducciones del Patrimonio Básico. Se deducen del Patrimonio Básico los siguientes conceptos

1.

Las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores y las del ejercicio en curso.

2.

El valor de las inversiones de capital, así como de las inversiones en bonos obligatoriamente convertibles en acciones, en bonos subordinados opcionalmente convertibles en acciones o, en general, en instrumentos de deuda subordinada, efectuadas en forma directa o indirecta en entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia o en entidades financieras del exterior, que supere el diez por ciento (10%) del Patrimonio Básico una vez realizadas las demás deducciones contenidas en el presente artículo excepto la descrita en este numeral, cuando se trate de entidades respecto a las cuales no haya lugar a consolidación. Se exceptúa de la deducción aquí prevista las inversiones efectuadas en otra institución financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia para adelantar un proceso de adquisición de los que trata el artículo 63 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, durante los plazos establecidos en el inciso 2º del numeral 2 o en el

Parágrafo 2

del mismo artículo. 3. El impuesto de renta diferido neto cuando sea positivo. Para el efecto, no se tendrán en cuenta los provenientes de los otros conceptos deducidos en virtud del presente artículo. 4. El valor del crédito mercantil o plusvalía y de los activos intangibles. 5. El valor no amortizado del cálculo actuarial del pasivo pensional. 6. El valor de la revalorización de activos Nota de Vigencia: Este artículo fue modificado por el artículo 15 del Decreto 175 de 2022. Para determinar su vigencia se debe tener en cuenta el régimen de transición establecido en el artículo 21 del Decreto 175 de 2022. .

02

Constitutional history

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