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Article 4

Ley 1086 de 2006 · por medio de la cual se permite la realizacion de la judicatura al servicio de las ligas y asociaciones de consumidores.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

1 ruling reviewed it
01

Text of the article

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Para estos efectos, la organización nacional a la que pertenezca la liga o asociación de que se trate, deberá tener suscrito con la universidad respectiva un convenio especial que permita acreditar, por parte del egresado, el cumplimiento de las obligaciones que le correspondan sobre el particular, con el propósito de garantizar la eficacia de este programa. Para gozar de estos beneficios las ligas y asociaciones de consumidores deberán estar legalmente constituidas, ser organizaciones idóneas y tener una existencia activa de por lo menos cinco años continuos, a partir de su reconocimiento por la autoridad competente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

  1. 2009
    C-749/09Constitutional review · «Parcial»UPHELD
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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