JurídicoESEN

Article 19

Restricción Al Gasto Público

Ley 790 de 2002 · por la cual se expiden disposiciones para adelantar el programa de renovación de la administración pública y se otorgan unas facultades extraordinarias al Presidente de la República.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

1 ruling reviewed it1 struck down
01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Hasta el año 2005 el incremento anual del costo de la planta de personal de los Ministerios, Departamento Administrativos y entidades públicas del orden nacional, no podrá ser superior a la inflación del año inmediatamente anterior. Adicionalmente, los gastos anuales de funcionamiento no podrán incrementarse en cuantía superior al índice de inflación.

Parágrafo

Con el fin de racionalizar el uso de los recursos públicos, el Gobierno Nacional, podrá establecer límites a los gastos de funcionamiento de las Corparaciones Autónomas Regionales, de las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y de las Autoridades Ambiemtales de los grandes centros urbanos. En ningún caso la consecuencia de establecer tales límites, podrán impedir el ejercicio de la funciones propias de dichas Corporaciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

  1. 2004
    C-1048/04Constitutional review · «Parágrafo»STRUCK DOWN
1 ruling · source: the operative part of each ruling
See all of Ley 790 de 2002