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Article 4

Las Infracciones A Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores Serán Sancionadas, Según La Gravedad De La Falta, Con Multas Hasta Por Valor De Cien Mil Pesos ($100

Decreto 621 de 1986 · por el cual se provee a la conservación del orden público los días de elecciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Las infracciones a lo dispuesto en los artículos anteriores serán sancionadas, según la gravedad de la falta, con multas hasta por valor de cien mil pesos ($100.000.00), convertibles en arresto en la proporción que determine la ley. Los alcaldes y corregidores intendenciales y comisariales, mediante el procedimiento establecido en el Código Nacional de Policía, impondrán las correspondientes sanciones. Las infracciones en que incurran las estaciones de radio difusión sonora y las programadoras de televisión, serán sancionadas por la autoridad competente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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