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Article 54

Subdirección De Fortalecimiento Institucional Territorial

Decreto 246 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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01

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Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial . Son funciones de la Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial de la Dirección General de Apoyo Fiscal, las siguientes

1.

Asistir al Director General de Apoyo Fiscal en el diseño y adopción de políticas, planes y programas en materia de asesoría y asistencia fiscal y tributaria territorial.

2.

Asesorar a las entidades territoriales y a sus entes descentralizados, para mejorar la eficiencia de su sistema tributario y financiero.

3.

Asesorar a las entidades territoriales sobre políticas tributarias; administración, recaudo, tarifas y sobre ingresos públicos en general.

4.

Asesorar en la planeación y administración del régimen administrativo financiero y fiscal a las entidades territoriales y sus organismos descentralizados.

5.

Coordinar el apoyo y orientaciones sobre el financiamiento del desarrollo territorial.

6.

Asesorar a las entidades territoriales y sus entes descentralizados en la realización y evaluación de estudios para medir y adecuar los efectos del régimen tributario sobre los contribuyentes.

7.

Realizar el seguimiento y evaluación a procesos de fortalecimiento institucional de las entidades territoriales.

8.

Participar en la emisión de conceptos sobre la aplicación de normas y temas relacionados con la administración financiera y tributaria territorial.

9.

Coordinar la asesoría a las entidades territoriales para la unificación de sus sistemas tributario y fiscal.

10.

Responder por la administración y fiscalización de la sobretasas a la gasolina y al ACPM.

11.

Coordinar con la Oficina Asesora de Jurídica, la elaboración de conceptos sobre la aplicación de las normas fiscales y tributarias territoriales, y previa delegación del Ministro de Hacienda y Crédito Público atender las demandas y reclamaciones que se presenten ante los tribunales competentes en contra de la Nación - Ministerio.de Hacienda y Crédito Público, en aspectos fiscales y tributarios territoriales y mantener actualizado el registro de los procesos que sean atendidos por la dependencia.

12.

Participar en la elaboración de proyectos de ley, decretos y conceptos, atinentes a los tributos de las entidades territoriales.

13.

Los demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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