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Article 3

Los Estados Mayores Divisionarios Constarán De: Un General, Comandante General De La División; Un General, Primer Ayudante General, Jefe De Estado Mayor; Un General Inspector; Un Capitán Primer Adjunto; Dos Tenientes, Ayudantes De Campo; Dos Subtenientes, Segundos Adjuntos; Dos Sargentos Primeros Y Dos Soldados Ordenanzas Parágrafo 1°

Decreto 14 de 1898 · Reorgánico del Ejército

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Text of the article

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°. Los Estados Mayores Divisionarios constarán de: Un General, Comandante General de la División; Un General, primer Ayudante General, Jefe de Estado Mayor; Un General Inspector; Un Capitán Primer Adjunto; Dos Tenientes, Ayudantes de campo; Dos subtenientes, segundos Adjuntos; Dos sargentos primeros y Dos soldados ordenanzas

Parágrafo 1

Los Estados Mayores de la 1ª y 2ª División por ser las más numerosas, podrán tener además: Un Coronel, primer Ayudante General, y Un Teniente Coronel y un Sargento Mayor, segundos ayudantes Generales.

Parágrafo 2

Se agregarán al Estado Mayor Divisionario los empleados administrativos de la División, tales como Guarda-parques, médicos, capellanes e Institutores. La misma regla se observará en los Estados Mayores de Brigada, respecto de los empleados administrativos de éstas.

02

Constitutional history

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