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Article 6

Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Produce Efectos Fiscales Desde El 1° De Junio Del Presente Año Para Los Empleados Que Estando Al Servicio De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público En Esa Fecha, Fueren Designados Para Ocupar Cargos De La Nueva Planta De Personal

Decreto 1047 de 1971 · Por el cual se determina una planta de personal de la Dirección General de Impuestos Nacionales en el Ministerio de Hacienda y crédito Publico

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y produce efectos fiscales desde el 1° de junio del presente año para los empleados que estando al servicio de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en esa fecha, fueren designados para ocupar cargos de la nueva planta de personal. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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