º El Ministerio de Comunicaciones someterá a la aprobación de la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos la fijación o modificación de las tarifas correspondientes a los servicios de transmisión de información codificada (datos) para el cobro a los abonados.
Article 4
El Ministerio De Comunicaciones Someterá A La Aprobación De La Junta Nacional De Tarifas De Servicios Públicos La Fijación O Modificación De Las Tarifas Correspondientes A Los Servicios De Transmisión De Información Codificada (Datos) Para El Cobro A Los Abonados
Decreto 148 de 1984 · Por el cual se dictan normas sobre los servicios de transmisión de información codificada (datos) para correspondencia pública y se reglamentan parcialmente los artículos 184 y 186 del Decreto-ley 222 de 1983
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