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Article 1

Decreto 683 de 1957 · Por el cual se reglamentan las funciones del Consejo Directivo del Fondo Universitario Nacional, y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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Artículo primero . El Consejo Directivo del Fondo Univervitario Nacional tendrá las siguientes funciones

a)

Nombrar y remover libremente el personal de la Institución, excepción hecha del Gerente, que de acuerdo con el Decreto orgánico citado en la parte motiva de este Decreto, es empleado cuyo nombramiento y remoción depende del Presidente de la República;

b)

Elaborar anualmente el Presupuesto del Fondo, mediante anteproyecto que debe presentar el Gerente;

c)

Aprobar previamente los contratos que la Gerencia haga con profesores, investigadores y técnicos, cuando la cuantía de tales contratos pase de $ 200.00;

d)

Aprobar el plan de trabajos que semestralmente le deberá ser pasado a su consideración por el Gerente;

e)

Autorizar previamente" todos los gastos que por cualquier concepto debe realizar la institución, y

f)

Señalar las orientaciones generales del Fondo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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