ARTICULO 17. De Los Concursos Se entiende por concurso el procedimiento a través del cual el Instituto elige las personas que satisfacen mejor las condiciones y requisitos para desempeñar sus empleos mediante la confrontación en igualdad de condiciones, de las condiciones y requisitos para desempeñar sus empleos. El Instituto convocara a concurso a las personas inscritas en el correspondiente registro de aspirantes cuando, siendo necesario proveer una vacante no se tenga lista de elegibles. Podrá también convocar a concurso aun cuando no exista vacante, consignando este hecho en la convocatoria.
Article 17
De Los Concursos Se Entiende Por Concurso El Procedimiento A Través Del Cual El Instituto Elige Las Personas Que Satisfacen Mejor Las Condiciones Y Requisitos Para Desempeñar Sus Empleos Mediante La Confrontación En Igualdad De Condiciones, De Las Condiciones Y Requisitos Para Desempeñar Sus Empleos
Decreto 413 de 1980 · Por la cual se reglamenta la carrera del Funcionario de Seguridad social del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones
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