o A partir del 1° de enero de 1992, los funcionarios que laboren en las estaciones monitoras y que desempeñen el cargo de Celador Código 6020, cualquiera que sea el grado de remuneración, tendrá derecho a un auxilio de transporte intermunicipal de doce mil ochenta y seis pesos ($12.086) mensuales.
Article 2
O A Partir Del 1° De Enero De 1992, Los Funcionarios Que Laboren En Las Estaciones Monitoras Y Que Desempeñen El Cargo De Celador Código 6020, Cualquiera Que Sea El Grado De Remuneración, Tendrá Derecho A Un Auxilio De Transporte Intermunicipal De Doce Mil Ochenta Y Seis Pesos ($12
Decreto 913 de 1992 · Por el cual se fijan los auxilios de alimentación y transporte para algunos funcionarios del Ministerio de Comunicaciones.
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