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Article 1

Modificación Del Artículo 2

Decreto 1494 de 2024 · Por el cual se modifican los artículos 2.6.7.14.2., 2.6.7.14.4., y 2.6.7.14.5., y el inciso segundo del artículo 2.6.7.14.3., del Capítulo 14 del Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, para adicionar recursos a la línea de redescuento con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. - Findeter dirigida a promover la Vivienda de Interés Social (VIS) y Prioritario (VIP) para el Desarrollo Regional (Urbano y Rural), así como para modificar una de sus condiciones financieras.

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01

Text of the article

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°. Modificación del artículo 2.6.7.14.2. del Capítulo 14 del Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público. Modifíquese el artículo 2.6.7.14.2. del Capítulo 14 del Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, el cual quedará así: “ Artículo 2.6.7.14.2. Creación, vigencia y monto de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a promover la Vivienda de Interés Social (VIS) y Prioritario (VIP) para el Desarrollo Regional (Urbano y Rural). La Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - Findeter podrá crear una línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a promover la Vivienda de Interés Social (VIS) y Prioritario (VIP) para el Desarrollo Regional (Urbano y Rural), hasta por un monto de dos billones de pesos ($2.000.000.000.000 moneda corriente”.

02

Constitutional history

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