° Con el fin de hacer efectivas las pólizas de garantía a que se refiere el numeral 5o. del artículo 83 de la Ley 50 de 1990, en caso de iliquidez de la empresa, el Subdirector de Servicios y Gestión de Empleo de la Dirección General de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a solicitud de los trabajadores, ordenará a la compañía de seguros respectiva, mediante resolución motivada, el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que tengan derecho los trabajadores en misión, con base en las liquidaciones que para el efecto elabore el Inspector de Trabajo del lugar donde se preste el servicio.
Decreto 1707 de 1991 →In force
Article 3
Con El Fin De Hacer Efectivas Las Pólizas De Garantía A Que Se Refiere El Numeral 5o
Decreto 1707 de 1991 · por el cual se reglamentan los artículos 71 a 94 de la Ley 50 de 1990.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.