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Article 7

Autorízase Al Fondo De Fomento Municipal Para Que, Con La Aprobación Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y Del De Educación Nacional, Celebre Las Operaciones De Crédito Con El Banco De La República U Otras Instituciones Bancarias, Con La Caja Colombiana De Ahorros, Federación Nacional De Cafeteros, Compañas De Seguros, Etc

Decreto 1902 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 30 de 1944 y se créa la Sección de Alfabetización y Construcciones Escolares

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01

Text of the article

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° Autorízase al Fondo de Fomento Municipal para que, con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del de Educación Nacional, celebre las operaciones de crédito con el Banco de la República u otras instituciones bancarias, con la Caja Colombiana de Ahorros, Federación Nacional de Cafeteros, Compañas de Seguros, etc., que prevé y autoriza el artículo 5° de la Ley 30 de 1944, a fin de que el Ministerio de Educación pueda llevar a cabo el plan de alfabetización en su primera etapa de seis años de que se habla en el artículo anterior de este decreto .

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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