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Article 5

Ley 33 de 1909 · Sobre recurso de revisión en asuntos criminales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El recurso de revisión se surtirá ante la Corte Suprema de Justicia del modo siguiente : á la solicitud sobre revisión se acompañarán las pruebas de los hechos en que ella se funde, y la Corte, previo repartimiento del negocio, concederá un término probatorio hasta de treinta días, que puede ampliarse de acuerdo con las disposiciones legales comunes. Vencido este término se dará traslado del expediente al Procurador General de la Nación y al recurrente, por seis días á cada uno, para que presenten sus alegatos escritos. Concluido este término se pronunciará sentencia dentro de los quince días siguientes.

Parágrafo

La Corte puede dictar en cualquier tiempo hasta dos autos para mejor proveer.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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