Acción individual de responsabilidad. La acción individual de responsabilidad corresponde al derecho que tiene toda persona para acudir a la jurisdicción ordinaria, con el fin de reclamar la satisfacción de una pretensión mediante un proceso. Dicha pretensión es de condena y consiste en la declaración por parte del juez de la responsabilidad directa del administrador por los perjuicios que por dolo o culpa ocasionen a los socios o a terceros. A diferencia de lo mencionado en el numeral anterior, esta acción no pretende resarcir daños ocasionados a la sociedad, sino los daños directos a socios o terceros, generados como consecuencia del incumplimiento doloso o culposo en el ejercicio de su cargo. En ese sentido, los daños deben ser directos y no derivados de una afectación al patrimonio social. Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 5 Sin perjuicio de las discusiones sobre la configuración de una prescripción respecto de la conducta del administrador. Circular externa CAPÍTULO V AUTORIZACIÓN DE REFORMAS ESTATUTARIAS - FUSIONES Y ESCISIONES TÍTULO I. GENERALIDADES
Circular 100-000020 de 2026 →In force
Article 4.10
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
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01
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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