º Los vinos, los vinos espumosos o espumantes, los aperitivos; y similares nacionales serán de libre producción y distribución, pero tanto éstos como los importados causarán el impuesto nacional de consumo que señala este Decreto.
Article 2
Los Vinos, Los Vinos Espumosos O Espumantes, Los Aperitivos; Y Similares Nacionales Serán De Libre Producción Y Distribución, Pero Tanto Éstos Como Los Importados Causarán El Impuesto Nacional De Consumo Que Señala Este Decreto
Decreto 71 de 1983 · Por el cual se modifica el impuesto sobre consumo y las tarifas correspondientes a licores, vinos y vinos espumosos o espumantes, aperitivos y similares, nacionales y extranjeros, y se fijan normas sobre el monopolio de licores-
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