Modifíquese el artículo 71 de la Ley 1474 de 2011 , el cual quedará así:
Artículo 71. Reuniones de la Comisión Nacional de Moralización y la Comisión Ciudadana . La Comisión Nacional de Moralización y la Comisión Ciudadana deberán reunirse al menos dos (2) veces al año y entregar a fin de año un informe de sus actividades y resultados, el cual será público y podrá ser consultado en la página de Internet de todas las entidades que conforman esta Comisión.