La temperatura subnormal, el pulso rápido y débil, las funciones sensorias perturbadas, así como otros síntomas que indiquen un estado moribundo, imponen el decomiso total del animal. La destrucción deberá llevarse a cabo en la sala destinada a estos efectos, salvo cuando se considere que el estado del animal puede ser reversible por deberse a "shock. o "stress", caso en el cual deberá aplazarse la decisión y repetirse la inspección ante-mortem. Si los síntomas son menos graves, previa la práctica de exámenes de laboratorio y de un sangrado completo, podrá ordenarse el destino de la carne para procesos industriales u otorgársele aprobación condicional para tratamiento por calor.
Decreto 2278 de 1982 →In force
Article 268
Decreto 2278 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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