JurídicoESEN

Article 13

Decreto 1538 de 1986 · por el cual se dictan medidas para prevenir el contrabando de exportación de café.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

CERTIFICADOS DE REVISION. Todo lote de café destino a la exportación deberá tener el correspondiente certificado de revisión por parte de la Federación Nacional de Colombia, directamente o por conducto de los almacenes generales de depósito de café Almacafé S. A. en el lugar de origen.

Parágrafo

Con estricta respeto de las rutas y vías a que se refiere este Decreto podrá transportarse café de exportación amparado por el certificado de revisión a que se refiere el artículo 13 del mismo, bajo el régimen de tránsito aduanero previsto por la Sección V del Decreto 2666 de 1984. La Dirección General de Aduanas previo concepto de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, determinará el formato y el número de ejemplares de la declaración, siguiendo los modelos internacionalmente aceptados, así como los documentos comerciales o de transportes que la complementen. En esta modalidad podrá expedirse certificado de revisión para transporte de café a granel.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1538 de 1986